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Cómo funciona
¿Cómo funciona la Franquicia Tributaria en el ámbito de la capacitación?
Los recursos destinados a la capacitación de su empresa serán administrados de la siguiente forma:
La empresa hace un aporte a OTIC, equivalente al 1% del total de sus remuneraciones imponibles anuales.
Este aporte debe concretarse antes del 31 de diciembre de cada año y será cancelado de acuerdo a la modalidad de pago acordada entre la empresa y OTIC.
A lo menos el 85% de este aporte se destina a la capacitación de la empresa, mientras que, entre el 10 y el 15% restante es descontado para cancelar los gastos de administración en que incurre OTIC.
Si al finalizar el año, la empresa no utiliza estos recursos, al haber sido entregados a OTIC, automáticamente quedan como excedentes para el año siguiente, a favor de la empresa.
Si estos excedentes tampoco son utilizados en su totalidad durante el año, pasarán a formar, junto con los remanentes de los demás afiliados, un fondo para becas sociales.

